espero que les halla gustado la forma de como les mostré el acoso laboral gracias
TODO LO QUE SE DEBE SABER COMO EMPLEADOR.
Contrato de trabajo: es aquel por el cual una persona natural se obligue a prestar ,un
servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada
dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración, quien presta
servicio de denomina trabajador quien lo recibe y remunera , patrono, y la remuneración cualquiera que sea su forma de trabajo.
Contrato a término indefinido:
puede ser verbal o escrito.
Contrato a término fijo:
Se hace por escrito y su duración no puede ser
superior a 3 años, y puede ser:
-a término fijo inferior a un año.
-a término fijo entre 1 y 3 años.
Para dar por terminado de este contrato debe darse por aviso
por escrito al trabajador 30 días antes de la fecha establecida de lo contrario el contrato se renueva
automáticamente por un periodo igual al inicialmente pactado.
Los contratos a término fijo inferiores a un año, solo
pueden prorrogasen hasta 3 veces tiempo después del cual se renueva por un
término de 1 año, de manera sucesiva, sin que se convierta en indefinido.
Por duración de la obra: el contrato dura por el tiempo de
la obra o la labor realizada.
Es requisito expresar cual es la labor que se está
contratado.
Periodo de prueba:
El artículo 76 del código sustantivo del trabajo, define el periodo de la prueba como (la etapa
inicial del contrato de trabajo que
tiene por objeto, por parte del patrono, apreciar las actitudes del trabajador,
y por parte de este, la convivencia de las condiciones del trabajo.
SALARIO MÍNIMO:
es el que todo trabajador tiene derecho a
recibir para cubrir sus necesidades normales y las de su familia en el orden
material, moral y cultural , el empleador y el trabajador pueden convenir
libremente el salario, el salario rige mínimo para los trabajadores que
laboren la jornada máxima legal,. Para
quienes trabajan jornadas inferiores a la máxima legal, rige el salario mínimo
en porción a número de horas trabajadas.
HORAS EXTRAS:
Es el trabajo que se desarrolla más allá de la jornada ordinaria y máxima legal. No
puede exceder de 2 horas diarias y 12 a la semana y se requiere la autorización
que otorga el ministerio de protección social.
Descanso dominical remunerado. :
Días festivos :
Prestaciones sociales:
beneficios
legales que el empleador debe pagar a
sus trabajadores adicional mente al
salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante
el desarrollo de su actividad laboral.
Prima de servicios
equivalente a 15 días de salario por el
tiempo laborado durante el semestre o proporcional por fracción, esta
prestación se paga el 30 de junio y el 20 de diciembre, o a la terminación del
contrato de trabajo.
el empleador liquida las cesan tías el 31 diciembre de cada año y
las deposita a más tardar el 15 de febrero del siguiente año en las cuentas
individuales, de cada trabajador, estas cuentas son manejadas por las
sociedades administrativas de fondo de cesan tías.
Intereses a las cesan tías: en enero de cada año, el
empleador debe pagar indirectamente al trabajad
Seguridad social: tiene como objetivo brindarle al
trabajador y a su familia una protección
integral en la invalides, vejes y muerte, para cubrir los riesgos que puedan
afectar su salud. El sistema de seguridad social integral está conformado por:
Pensiones:
el sistema cubre las contingencias que afectan la
salud del trabajador y de su familia, que esta establecida en al programa de
atención, denominado plan obligatorio de salud –POS y la maternidad, el
empleador debe consignar el 12,5 por ciento del salario mensual del trabajador
del cual el 8,5 por ciento está a cargo del empleador y el 4 por ciento,
restante al cargo del empleador este monto es deducido del salario mensual del
trabajador.
Riesgos profesionales:
El rango de
cotización va desde el 0,5 por ciento hasta el 8,7 por ciento del valor total
de la nómina mensual de salarios.
Quien paga la incapacidad laboral de un empleado
Los primeros 3 días de incapacidad están a cargo del
empleador y, si esta se extiende, de allí en adelante la presentación económica
respectiva la debe cubrir la correspondiente entidad promotora de salud a la
cual se encuentra afiliado el trabajador. En el caso de estos, esos 3 primeros
días de incapacidad, (se consideran conforme
al parágrafo del artículo 10 del derecho
1848 de 1968) como un permiso remunerado.
Las incapacidades son pagadas por la EPS y no por la empresa.
La empresa debe pagar la incapacidad únicamente en el caso, en que no allá
afiliado a seguridad social al empleado afectado.
La EPS paga el 66.67 por ciento del salario base de cotización,
sin perjuicio del salario mínimo, es decir, que en ningún caso del valor pagado
por la EPS por concepto de incapacidad puede ser inferior al mínimo, a su
equivalente o proporcionarse se trata a
una incapacidad menor a un mes.
jueves, 5 de marzo de 2015
escrito sobre el derecho laboral
principios y normas jurídicas
relaciona libre todos los tipos de trabajo, defensa de los trabajadores en
escala políticas de acuerdo a normas tratadas.
pasar de esclavo para buscar
estabilidad social, contratos fijos por ley, trabajo por cuenta propia
.si se desea trabajo informal este con un contrato fijado.
tratados internacionales derecho laboral respetando la legislación nacional,decimos que la ley es un derecho laboral por intervención del gobierno nacional, acuerdos con sindicatos que representa de acuerdo a la legislación nacional, reglamento del interior del trabajo en obligaciones que evita arbitrariedades.
principio general del derecho laboral
fuente supletoria vacíos o lagunas sin jurisprudencia aplicable,
principio
protector importante del derecho laboral no se diferencia del derecho civil
,protege partes del contrato.
Principio de irrenunciable de derechos ,imposibilitando
de derechos y garantías de la legislación laboral por beneficio propio.
principio de continuidad laboral es un contrato de trabajo.
principio de la primacía
de la realidad relación sobre la relación de los trabajadores tiene efecto jurídico.
principio de la racionabilidad de derechos,empleador,trabajadores obligaciones
lógicas con sentido común.
contrato individual de trabajo presenta
un servicio físico o jurídico bajo una remuneración por contrato.
poder del
empleador dirección en empresa mando disciplinario sancionatorio
remuneración
es el pago que se recibe a cabo de un trabajo o labores
vacaciones , tiempo
determinado con remuneración dada por dos semanas de vacaciones por 50 semanas
de trabajo.
seguridad laboral,relacionada con la salud ocupacional física mental del trabajador y riesgo de los empleadores
Espero que les guste como resumí, el escrito del derecho laboral colombiano.
. Todo lo anterior tiene el único
fin de lograr la paz social, siendo esta la finalidad del código laboral
colombiano.
-derecho de la seguridad social
Pago al trabajador en dinero con el fin de cubrir riesgos
relacionados con la salud, vejes invalidez o muerte relacionadas con las horas
de trabajo, indecnizacion o perjuicios causados por el empleador.
-
-derecho laboral internacional
Normas que transcienden las fronteras para consagrar
aspectos relativos.
-derecho cooperativo y sociedades mutuales
Campo en que los trabajadores participan en la ejecución de
policías mediante la unión mutua.
AUTONOMÍA DEL DERECHO LABORAL COLOMBIANO
Derecho de orden político equilibrio entre capital y trabajo
derechos otorgados por la sociedad de trabajadores irrenunciables por parte de
los trabajadores.
Características del derecho
laboral colombiano.
-es reciente
-avanza mediante las necesidades
-poco solemne que surge de la realidad
-desigualdad entre empleador y trabajador
-internacionalización del derecho y la economía
--intervención del estado
-derecho al trabajo y la libertad del trabajo
-obligatoriedad
-derecho de asociación
-derecho a la huelga
-derecho a la seguridad social
-características del orden político
Principios y deberes fundamentales
en el trabajo.
Fundamento conceptual, principios del derecho del trabajo,
normas que ordenan con posibilidades jurídicas fácticas, se caracteriza porque
puede ser cumplido de principios y reglas.
Principio de protección del
trabajo
Se define como la
garantía ofrecida por parte del estado, al fin de salvaguardar el desarrollo
del trabajo, en marco del establecimiento, de determinadas garantías dentro de
las cuales encontramos la organización institucional.
Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, sin
preferencias y beneficios frente a otros, que se aplica íntegramente a los trabajadores.
Principio de la favorabilidad
Conflicto de normas pude prestarse en situaciones ya sean en
uno o más artículos, normas que resultan más benéficas para el trabajador, pues
se considera diferente entre las relaciones laborales
Principio de irrunciavilidad de
beneficios mínimos, y mínimo de derechos y garantías
Normas de orden público de irrenunciavilidad, de los derechos,
por el imperio de la LEY por derecho de fruto de su trabajo, señala que cada
una de sus disposiciones en derechos y garantías debemos saber que es la misma
constitución política.
La capacitación, el
adiestramiento, él y descanso necesario
Aptitud de conocimiento en base del trabajador, en labores
distintas, a las cuales desarrolla, que normal mente corresponde, recreación
deporte y utilización de tiempo libre.
Jurisprudencia de la corte
constitucional
Beneficios para la conservaciones la dignidad humana
protección a la maternidad, estabilidad en al empleo, derecho a la asociación
(asociación sindical).
Análisis jurisprudencial
respecto a los principios del derecho del trabajo.
Estudio profundo frente a un tema en cuestión, debates o
discrepancias que puede existir en la jurisprudencia constitucional, una
problemática con tesis dado a un caso específico.
Desde el 91 Colombia es un estado social de derecho que
tiene un papel de desarrollo y justicia social ,para combatir las desigualdades
con sus mecanismos políticos y económicos, que posivilitan los medios de
subsistencia y calidad, de esta para la mayor población, que depende el
crecimiento y económico
Resumen personal sobre el texto.
Todos estos principios ,deberes y derechos nos llevan a la
muestra que nosotros somos una sociedad que siempre influye al cambio
otorgándonos una serie de (normas ,leyes) que son muy positivas, mostrando las
igualdades que tenemos a la hora de contar en nuestro país, todos estos
beneficios tan grandes son muy confortantes y creo que si hacemos valer todos
estos principios ,estaremos en una sociedad muy justa, sin descrinar a alguien
por sus defectos ,por origen de sexo o por lo que sea ,esta serie de principios
abarca todo el ámbito que siempre está influyendo a un cambio (leyes) si nos
basamos en esto, creo que siempre se estará renovando algunas leyes que irán
apareciendo con el tiempo.
La enseñanza del texto ya leído es que una persona con una
buena información acerca de sus principios, deberes, y derechos es una persona
con un buen conocimiento y no se dejara influenciar por otro queriendo
manipular todos sus beneficios como colombiano.
Somos una igualdad social, hay que perseverar por ella.